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Cauciones - Diferencias de derechos de importación y exportación

Podrá utilizarse el seguro de Caución para garantizar el pago de los importes que se adeudaren o pudieran adeudarse al Fisco como consecuencia de:

“…La eventual exigencia de diferencia por derechos, tasas y demás tributos correspondientes a una operación aduanera en tramite.”

Este régimen de garantía puede ser utilizado mientras no exista resolución administrativa o judicial que haya establecido el valor definitivo de la mercadería. Es decir, que como lo dice la Ley solo pueden garantizarse los derechos de una operación aduanera “en trámite”. Cuando ese tramite ha concluido mediante la correspondiente determinación tributaria, quienes pretendan despacharla a plaza para consumo o apelar de esa resolución, solo podrán hacerlo mediante el deposito del dinero en efectivo de la suma en discusión.

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